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Sala de trabajo de un private office en Madrid con vista a la ciudad
Private Office · Madrid

El estándar de la red operativa
Lo que KAIROS exige a una contraparte antes de que reciba un solo dato de un cliente

Por qué existe la red operativa

KAIROS no opera aeronaves ni vehículos en propiedad. Ejecuta a través de terceros, y por eso la calidad de la contraparte es la calidad del encargo. Esa frase, leída desde el otro lado de la mesa, dice algo más incómodo: la calidad del intermediario es también la calidad del día de trabajo del proveedor.

Cualquiera que lleve tiempo operando conoce la escena. Entra una petición urgente de alguien que no da el nombre del principal, no da matrícula y no sabe quién decide. Se bloquea la aeronave, se calcula el posicionamiento, se avisa a la tripulación. Dos días después el encargo se cae, porque nunca existió del todo: no había fondos, no había quien firmara, o quien pedía no tenía mandato para hablar en nombre de nadie. Ese coste no lo paga quien llamó, lo paga quien reservó. En inmobiliario ocurre lo mismo con otra ropa: visitas concertadas para curiosos, activos enseñados a quien no puede comprarlos y la discreción de un propietario rota por una llamada mal filtrada. En hospitality, plazas comprometidas contra una demanda que nadie ha verificado.

El estándar que sigue existe por eso y funciona en las dos direcciones. KAIROS exige a la contraparte credencial, seguro, mandato y términos escritos antes de mover nada; y al exigirlo garantiza al proveedor acreditado que el encargo que le llega ha pasado por un filtro equivalente: principal identificado, alcance por escrito, interlocutor único y alguien con autoridad para decidir. Quien pasa este filtro sabe que quien le llega también lo ha pasado.

Esto no es un programa de partners ni un club. No hay cuota, no hay alta comercial, no hay distintivo que comprar. Hay un expediente que se abre, se documenta y se cierra con un resultado por escrito, incluida la negativa. Se publica entero, con nombre y referencia, para que nadie tenga que preguntarlo y para que quien no esté dispuesto a pasarlo lo sepa antes de escribirnos.

Distinguimos dos cosas y las distinguimos siempre. Hay requisitos que impone la norma: se citan con su referencia y no admiten matiz, porque no son nuestros y no podemos dispensarlos. Y hay requisitos que impone KAIROS por encima de la norma: se identifican como tales. Cuando la exigencia varía por jurisdicción o por comunidad autónoma, lo decimos en lugar de generalizar; una afirmación cómoda y falsa sobre lo que exige la ley no protege a nadie.

La red hoy

Partners con los que coordinamos cada misión

KAIROS no opera aeronaves ni vehículos en propiedad. Coordinamos con una red contrastada de más de 40 operadores certificados, y estos son los que hoy figuran citados en público, con la misma descripción que ya publica la página de inicio.

Aparecen nombrados y sin enlace, y conviene explicar por qué. Los operadores están citados con autorización escrita, y aparecen sin enlace: la cita pública se limita a lo que cada operador ha autorizado, y el enlace solo se añade si el operador lo autoriza expresamente. Los términos comerciales de cada uno permanecen bajo NDA y no se publican. Figurar aquí no es un premio comercial: rige la regla de la casa, cero contacto operativo con el cliente entre confirmación y embarque, de modo que el principal solo recibe ruta, hora de FBO y nombre del operador.

Aviación privada

  • LunaJets
  • Airevolution Jets
  • Dreamsline

Cobertura Europa, Reino Unido, Mediterráneo, Golfo y largo radio Asia (Tailandia, India, China, Japón). Light jet a ultra long range.

FBO & handling

  • AviaVIP / Aviapartner Executive

Coordinación operativa Madrid Barajas y Torrejón. Llegada VIP, fast-track, protocolo H24 disponible.

Chauffeur ejecutivo

  • Driver & Limousine
  • Executive Transfer Madrid

Flota Mercedes Clase S, E y V (2024+) en Madrid y Barcelona. Confirmación de traslado dentro de la ventana 07:00–00:00; guardia nocturna disponible.

Operadores citados con autorización escrita. Términos comerciales bajo NDA. Cero contacto operativo con el cliente entre confirmación y boarding: el principal solo recibe ruta, hora de FBO y nombre del operador.

Qué exige KAIROS de una contraparte

Cuatro dimensiones en cada sector: credencial, seguro, mandato y términos previos.

Base común a todos los sectores

Credencial

Identidad completa: razón social, CIF o VAT, domicilio, titularidad real y la persona física que firma. No trabajamos con marcas comerciales que no se puedan reconducir a una sociedad identificada.

Situación al corriente: certificados vigentes de la Agencia Tributaria y de la Seguridad Social.

Interlocutor nombrado, con capacidad real de comprometer a la empresa, y su sustituto. KAIROS exige que el cambio de interlocutor se comunique: la rotación silenciosa es motivo de revisión de la acreditación, porque el criterio de una contraparte suele vivir en una persona concreta.

Seguro

Seguro acreditado, no declarado. Certificado emitido por la aseguradora o el corredor, con tomador, número de póliza, coberturas, límites y periodo de vigencia.

No se aceptan capturas de pantalla, recibos de pago ni declaraciones del propio proveedor: un documento que no emite quien asegura no acredita nada. La vigencia debe cubrir toda la ventana de la operación, no solo su primer día.

Mandato

Nadie ofrece lo que no puede acreditar. El principio es transversal y cada sector lo concreta: matrícula y titular del AOC en aviación, habilitación por aeropuerto y categoría en handling, adscripción del vehículo a la autorización en chauffeur, encargo firmado por el titular registral en inmobiliario y asignación del titular de los derechos en hospitality.

Subcontratación declarada. Si el proveedor va a ejecutar a través de un tercero, lo dice antes y ese tercero queda sujeto a este mismo estándar. Ningún encargo se subcontrata en silencio: descubrir en la plataforma, en la puerta del recinto o en el portal de una finca que quien ejecuta no es quien se contrató invalida la operación entera, aunque termine saliendo bien.

Términos previos

El acuerdo de confidencialidad se firma antes de que circule ningún dato del principal.

Cuando el proveedor trate datos personales por cuenta de KAIROS, se firma el contrato de encargo de tratamiento exigido por el artículo 28 del Reglamento General de Protección de Datos, y rige el mínimo acceso: cada tercero recibe solo el dato que necesita para su parte.

Sin comisión. El proveedor declara por escrito que no retribuye a KAIROS de ninguna forma y que su cotización no incorpora importe alguno destinado a KAIROS.

Y hay conductas que no abren un expediente de revisión: lo cierran. Ofrecer comisión, retrocesión o incentivo a KAIROS, porque quien lo propone nos dice cómo trabaja con los demás. Presentar como off-market un activo publicado, o como exclusivo un mandato que no se tiene. No poder identificar al operador titular del certificado de operador aéreo bajo el que se volaría. Aportar un certificado de seguro caducado, no nominal o referido a un vehículo, aeronave o recinto distinto del que se ofrece. Pedir el nombre del cliente antes de tener el estándar cerrado y la confidencialidad firmada. Dirigirse al cliente por iniciativa propia en cualquier momento, antes, durante o después del encargo. Ninguna de estas seis es negociable, y ninguna se compensa con precio.

Aviación privada y chárter ejecutivo

Credencial

Si la contraparte opera: certificado de operador aéreo (AOC) en vigor. El Reglamento (UE) 965/2012, en su Anexo III (Parte-ORO, ORO.AOC.100), exige obtenerlo antes de iniciar cualquier operación de transporte aéreo comercial, y las compañías aéreas de la Unión necesitan además licencia de explotación conforme al Reglamento (CE) 1008/2008. Un operador de un tercer país que vuele con destino, dentro o desde la Unión necesita autorización TCO emitida por EASA conforme al Reglamento (UE) 452/2014, y la exigencia no distingue entre vuelo regular y chárter.

La aeronave concreta, no la flota. Exigimos las especificaciones de operaciones donde figure la matrícula que se va a volar. Si la aeronave está arrendada, ORO.AOC.110 somete el contrato de arrendamiento a aprobación previa de la autoridad competente: pedimos esa aprobación, no la palabra del operador.

Si la contraparte es bróker o intermediario, y no operador, no existe una certificación equivalente que presentar. Por eso KAIROS exige lo que la norma no exige: que se identifique como bróker por escrito y que nombre al titular del AOC y la matrícula antes de que confirmemos nada. Un intermediario que no puede decir quién vuela no está ofreciendo un vuelo.

Seguro

Cobertura conforme al Reglamento (CE) 785/2004, que fija los mínimos de seguro exigibles a compañías aéreas y operadores de aeronaves: como mínimo 250.000 DEG por pasajero en responsabilidad frente a pasajeros, y una cobertura frente a terceros por accidente y aeronave que escala con la masa máxima de despegue. Los mínimos son mínimos; en operaciones de largo radio esperamos coberturas por encima de ellos y lo decimos antes.

Por encima de la norma, KAIROS exige el certificado de seguro nominal, con la matrícula que se va a volar y con vigencia que cubra toda la ventana de la operación, ida y regreso incluidos, y no solo la fecha del primer sector. Un certificado que caduca entre la ida y la vuelta es un certificado que no sirve.

Mandato

La pregunta no es qué puede ofrecer, sino sobre qué tiene derecho a operar. El proveedor acredita, para cada aeronave que ponga sobre la mesa: matrícula, titular del AOC bajo el que se opera y el título por el que dispone de ella, sea propiedad, contrato de gestión o arrendamiento con la aprobación previa exigida por ORO.AOC.110.

No aceptamos disponibilidad sin matrícula. No aceptamos una opción que se sostiene en que un tercero sin nombre confirmará más tarde. Y no trasladamos al cliente ninguna oferta cuyo operador no esté identificado: si la cotización llega a la vista, como llega siempre, tiene que poder mirarse entera.

La cadena, cuando existe, se documenta. Un bróker que consulta a otro bróker que consulta al operador no es un problema en sí; el problema es no decirlo. Se dice, se escribe y se acepta o se descarta con el dato delante.

Términos previos

Antes de que KAIROS comparta el primer nombre de cliente queda por escrito:

La cotización desglosada y en firme, con qué incluye y qué no: handling, tasas, catering, tripulación, pernocta, permisos de sobrevuelo y posicionamiento. Moneda y plazo de validez del precio.

Las condiciones de cancelación y la política de sustitución de aeronave, incluido qué ocurre si la aeronave ofertada deja de estar disponible y qué se considera sustitución aceptable.

Quién responde ante el cliente por la ejecución del vuelo. La responsabilidad operativa es de quien opera, y eso se pone por escrito antes de reservar.

El canal único de interlocución y la regla de contacto: el operador no se dirige al principal por iniciativa propia en ningún momento.

La declaración expresa de que el precio no incluye retribución alguna a KAIROS. Nuestro honorario va identificado y separado, y la cotización del proveedor se traslada tal como llega.

El tratamiento de la lista de pasajeros, que se comunica al mínimo necesario para la operación y para nada más.

FBO y handling aeroportuario

Credencial

En España, la prestación de servicios aeroportuarios de asistencia en tierra en aeropuertos de interés general está regulada por el Real Decreto 1161/1999 y requiere autorización previa, que se tramita ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea. La propia AESA advierte de algo que conviene retener: obtener la autorización no basta para empezar a prestar el servicio, porque se exige además contrato con el gestor aeroportuario. En los servicios de rampa, y en aeropuertos por encima de los umbrales de tráfico que fija la norma, el número de agentes está limitado.

Exigimos la autorización con su alcance real: el aeropuerto concreto y la categoría concreta de servicio. Fuera de España, la autorización equivalente del Estado correspondiente y la habilitación del gestor del aeropuerto.

Por encima de la norma, KAIROS exige que el personal que vaya a atender la operación disponga de acreditación de acceso vigente para las zonas restringidas en las que va a trabajar, y que se comunique quién estará físicamente en la llegada.

Seguro

KAIROS exige responsabilidad civil de explotación y aeroportuaria en vigor, con cobertura expresa de daños a aeronaves en tierra, a equipajes y a terceros en plataforma, y de las operaciones en las zonas restringidas en las que el proveedor efectivamente actúa.

El certificado debe nombrar los aeropuertos cubiertos. Una póliza que cubre una base y se presenta como si cubriera una red no es una póliza: es una expectativa.

Mandato

Aquí el mandato es la habilitación, y no se presume. El proveedor acredita que está autorizado en el aeropuerto concreto y para la categoría concreta que ofrece. Un agente habilitado en Madrid-Barajas no lo está automáticamente en Torrejón, y quien está autorizado para asistencia a pasajeros no lo está por ello para rampa.

Si para una parte del servicio recurre a un tercero habilitado, lo declara antes y con nombre. La coordinación de una llegada discreta no admite descubrir en la plataforma que quien recibe no es quien se contrató.

Términos previos

Antes del primer nombre de cliente queda por escrito:

La ventana horaria real de cobertura y qué ocurre fuera de ella, con el escalado nominal: a quién se llama, no a qué centralita.

El protocolo de llegada y salida: quién recibe, por dónde, qué se comunica, a quién y en qué momento. Rige la regla de la casa: cero contacto operativo con el cliente entre confirmación y embarque. El principal recibe ruta, hora de FBO y nombre del operador, y nada más.

El procedimiento ante retraso, desvío o cambio de terminal, y quién avisa a quién.

El acuerdo de confidencialidad, con prohibición expresa de fotografía, de comentario y de cualquier registro del paso del cliente por la instalación.

Chauffeur y transporte ejecutivo

Credencial

Autorización de arrendamiento de vehículo con conductor en vigor, domiciliada en la comunidad autónoma desde la que se inicia el servicio. El Real Decreto-ley 13/2018 modificó el artículo 91 de la Ley 16/1987 de Ordenación de los Transportes Terrestres: la autorización pasó a ser de ámbito interurbano y el servicio debe iniciarse en el territorio de la comunidad en que la autorización esté domiciliada, entendiendo por inicio el lugar donde se recoge efectivamente al pasajero. El régimen del servicio urbano depende de la normativa de cada comunidad y, en su caso, del ayuntamiento: KAIROS exige la habilitación que corresponda al recorrido real del encargo, no la que resulte cómoda.

Precontratación y comunicación previa. El servicio va contratado de antemano y comunicado conforme a la normativa aplicable: la Orden FOM/36/2008, modificada por la Orden FOM/2799/2015, estableció la comunicación electrónica de los datos de la hoja de ruta con carácter previo al inicio del servicio. No trabajamos con captación en vía pública ni con servicios que se regularizan después.

Conductor habilitado. En las comunidades que han establecido un permiso o habilitación profesional específica para conducir vehículos adscritos a autorizaciones VTC, y la Comunidad de Madrid lo ha desarrollado mediante el Decreto 5/2024 y la Orden de 28 de marzo de 2025, KAIROS exige que el conductor asignado disponga de ella cuando resulte exigible.

En vehículos de nueve o más plazas, la autorización de transporte discrecional de viajeros que corresponda.

Seguro

Seguro obligatorio de responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor, en los importes mínimos que fija el Real Decreto Legislativo 8/2004: 70 millones de euros por siniestro en daños a las personas, cualquiera que sea el número de víctimas, y 15 millones de euros por siniestro en daños en los bienes.

En vehículos de nueve o más plazas, además, el seguro obligatorio de viajeros regulado por el Real Decreto 1575/1989, cuyo ámbito no alcanza a los medios de transporte público de personas con capacidad inferior a nueve plazas.

Por encima de la norma, KAIROS exige responsabilidad civil de explotación de la empresa y certificado de seguro referido a los vehículos concretos que se van a adscribir al encargo.

Mandato

El proveedor acredita que el vehículo ofrecido está adscrito a la autorización que invoca y que el conductor asignado está de alta en la empresa titular de esa autorización. Se comprueba con permiso de circulación, ficha técnica y alta laboral del conductor, referidos al vehículo y a la persona concretos.

La subcontratación se declara antes y por escrito, y el tercero queda sujeto a este mismo estándar. Un traslado que se pasa a otra empresa sin avisar deja de ser un traslado contrastado en el momento en que se pasa, aunque llegue puntual.

Donde exista comunicación previa obligatoria del servicio, el proveedor acredita haberla realizado.

Términos previos

Antes del primer nombre de cliente queda por escrito:

Tarifa cerrada por trayecto o por hora, con esperas, peajes, aparcamientos y suplementos definidos de antemano. Nada que no esté ahí aparece después en la factura.

Vehículo, matrícula y conductor confirmados antes del servicio, y el régimen de sustitución: qué se considera sustitución equivalente y con cuánto aviso.

El procedimiento ante retraso de vuelo, cambio de terminal o cambio de destino en ruta.

Confidencialidad, con prohibición expresa de fotografiar, grabar, publicar o comentar al pasajero, su destino o su acompañamiento, y prohibición de dirigirse al principal para ofrecerle servicios por su cuenta.

Inmobiliario y activos off-market

Credencial

Conviene decirlo con precisión, porque casi nadie lo dice bien: en España no existe un registro estatal obligatorio de agentes inmobiliarios. El Real Decreto-ley 4/2000 liberalizó la actividad y desde entonces la intermediación no exige título ni colegiación con carácter general. Lo que sí existen son registros autonómicos, y en las comunidades que los han creado la inscripción es requisito para ejercer allí: Cataluña, con la Llei 18/2007 y el Decret 12/2010, que creó el Registro de Agentes Inmobiliarios de Cataluña; la Comunitat Valenciana, con el Decreto 98/2022; y Andalucía, cuya Ley 5/2025, de 16 de diciembre, de Vivienda crea un registro de agentes inmobiliarios especializados en el sector residencial, pendiente de despliegue reglamentario.

KAIROS exige, por tanto, la inscripción y su número allí donde la comunidad en que se sitúa el activo la imponga. Donde no exista registro, la ausencia de registro no rebaja el estándar: KAIROS instruye el expediente por su cuenta y exige los mismos elementos.

Prevención del blanqueo. Los promotores inmobiliarios y quienes ejercen profesionalmente actividades de agencia, comisión o intermediación en la compraventa de bienes inmuebles son sujetos obligados conforme al artículo 2.1.l) de la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. KAIROS exige que la contraparte declare su condición de sujeto obligado y disponga de los procedimientos internos que le corresponden.

Qué es KAIROS aquí, dicho sin ambigüedad. KAIROS no es agencia inmobiliaria registrada ni actúa como tal, y no está inscrita en el Registro de Agentes Inmobiliarios de Cataluña. Interviene como asesor del comprador: busca, filtra, contrasta y acompaña la decisión. No representa al vendedor, no comercializa cartera de terceros y no cobra de la parte vendedora. Cuando la operación exige un agente inscrito, lo contrata directamente el cliente y KAIROS sigue a su lado.

Seguro

Responsabilidad civil profesional en vigor. En las comunidades que regulan el acceso a la actividad, en los importes y con las garantías, seguro y, en su caso, aval o garantía equivalente, que fije la norma autonómica aplicable, acreditados con certificado y número de póliza. KAIROS pide la aseguradora y el número de póliza, y los pide antes de ver el primer activo.

Y una regla propia que no depende de ninguna norma: el proveedor no maneja fondos del cliente de KAIROS. Ni señales, ni reservas, ni arras en su cuenta. Los pagos van por las vías tasadas en la operación, con intervención de notario o de la entidad que corresponda.

Mandato

Este es el punto por el que existe este estándar.

Mandato escrito y vigente. Antes de cualquier conversación sobre un activo, la contraparte acredita el encargo: documento firmado por el titular registral o por quien acredite poder bastante, con fecha, objeto, alcance, régimen de exclusividad y vencimiento. Si quien ofrece no es el mandatario directo, la cadena se documenta entera, con nombres, hasta llegar a la propiedad. Una cadena que no se puede escribir es una cadena que no existe.

Titularidad comprobada. Nota simple registral actualizada del activo. La comprobamos nosotros; no la damos por buena porque la aporte quien vende.

Qué significa off-market en KAIROS. Significa que el activo no está publicado ni ha estado publicado en portales, escaparate, redes ni listas de difusión, y que quien lo ofrece puede demostrarlo. Lo comprobamos siempre y por nuestra cuenta. Un activo publicado no deja de ser trabajable, y a menudo lo es: lo que no es es off-market, y se presenta con su nombre real. Presentar como confidencial y exclusivo lo que cualquiera puede encontrar publicado no es una imprecisión comercial. Es una afirmación falsa sobre el bien que se ofrece, y descalifica a la contraparte para todo lo demás.

Sin mandato acreditado no hay visita, no hay nombre y no hay conversación con la propiedad. Ninguna excepción, tampoco por urgencia de la parte vendedora.

Términos previos

Antes de que KAIROS comparta el primer nombre de cliente queda por escrito:

El acuerdo de confidencialidad, con una cláusula recíproca de no elusión: ninguna de las partes se dirige a la contraparte de la otra por su cuenta, ni durante el encargo ni después.

Quién representa a quién. KAIROS actúa por el lado del comprador. Si la contraparte representa a la propiedad, se dice y se escribe.

Quién retribuye a quién. KAIROS cobra del cliente, nunca de la parte vendedora ni de su agente. No participamos de lo que la parte vendedora pague a nadie, no aceptamos reparto de honorarios y no aceptamos que nuestra recomendación se retribuya desde el otro lado de la mesa.

Qué se puede hacer con el nombre del principal: nada. Ni comunicarlo a la propiedad sin autorización expresa, ni usarlo para acreditar interés ante terceros, ni incorporarlo a lista o registro alguno.

La identificación del titular real y del origen de los fondos cuando la operación lo exija, con el procedimiento y el momento en que se aporta.

Hospitality corporativa y acceso a eventos

Credencial

Acreditación del titular de los derechos. KAIROS exige documento escrito del promotor, club, federación u organizador, o la condición acreditada de operador oficial del programa de hospitality, con el alcance concreto: evento, edición, zona o producto y número de plazas. No es un requisito legal: es el requisito de KAIROS, y no tiene excepción.

Cuando la contraparte sea el organizador o el establecimiento, la autorización o licencia del espectáculo conforme a la normativa autonómica aplicable. En la Comunidad de Madrid, la Ley 17/1997 de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas condiciona el otorgamiento de la autorización a que los organizadores acrediten tener concertado seguro de responsabilidad civil por daños a los concurrentes y a terceros, y exige a locales y establecimientos contrato de seguro de incendio y de responsabilidad civil.

Cuando el proveedor empaquete el acceso junto con transporte o alojamiento, la operación puede constituir viaje combinado o servicio de viaje vinculado en el sentido del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, que traspone la Directiva (UE) 2015/2302. En ese caso el empresario que organiza o facilita debe constituir garantía frente a la insolvencia, en forma de aval, seguro o fondo de garantía, para el reembolso de los pagos y, cuando sea responsable del transporte, para la repatriación. KAIROS exige que se identifique a la entidad garante.

Seguro

El seguro de responsabilidad civil exigido por la autorización del espectáculo, en la cuantía que determine la normativa aplicable, acreditado con certificado en vigor y referido al recinto y a la edición concretos.

Responsabilidad civil de explotación del proveedor que presta el servicio de hospitality.

Y, cuando la operación constituya viaje combinado o servicio de viaje vinculado, la garantía frente a la insolvencia acreditada con el nombre de la entidad garante y la referencia de la garantía. No basta con afirmar que se tiene.

Mandato

El origen de cada plaza tiene que poder nombrarse. KAIROS exige asignación documentada del titular de los derechos o del operador oficial, con su referencia. Si el proveedor no puede decir de dónde vienen las plazas, no hay nada que valorar.

KAIROS no compra en mercado secundario. No es una lectura de la norma, es una decisión: una plaza cuyo origen no se puede acreditar es una plaza que puede no existir el día del evento, y el coste de eso no lo paga el proveedor, lo paga el cliente en la puerta. Sí conviene recordar que el Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, aprobado por el Real Decreto 2816/1982, prohíbe terminantemente en su artículo 67.2 la venta y la reventa callejera o ambulante de localidades, y que la normativa autonómica la sanciona: en la Comunidad de Madrid, la Ley 17/1997.

Condiciones del emisor. El proveedor acredita que las entradas o acreditaciones son transferibles conforme a las condiciones de emisión y, cuando sean nominativas, cómo y cuándo se emiten a nombre del asistente.

Términos previos

Antes del primer nombre de cliente queda por escrito:

La confirmación con evento, fecha, zona, número exacto de plazas y, si el emisor lo exige, el procedimiento de nominalización y su plazo.

Qué incluye exactamente: acceso, catering, aparcamiento, traslados, anfitrión, y qué no.

Qué ocurre si el evento se aplaza, se cancela o se celebra a puerta cerrada, y a quién corresponde el reembolso y en qué plazo.

La política de sustitución de zona o de producto, y qué se considera equivalente.

El acuerdo de confidencialidad, con prohibición expresa de usar el nombre del cliente o de su empresa en material promocional, listas de invitados difundidas, notas de prensa o redes sociales, y de fotografiarlo o identificarlo en el recinto. La asistencia de un cliente a un evento no es contenido de marketing de nadie.

Cómo funciona la acreditación

  1. 1. Presentación y encaje

    La empresa se presenta por el formulario de acreditación, o llega presentada por un cliente o por una contraparte ya acreditada. Lo primero que se mira no es la documentación: es el encaje. Qué sector, qué ámbito geográfico real, qué opera de verdad y si KAIROS coordina encargos donde esa contraparte aporte algo que hoy no esté cubierto. Si no hay encaje, se dice ahí y no se abre expediente: no acumulamos proveedores por si algún día hacen falta, y una red no mejora por ser más larga. Si lo hay, se abre expediente, se designa interlocutor por nuestra parte y se indica qué documentación corresponde a su sector, que es exactamente la que figura publicada más arriba.

  2. 2. Expediente documental

    Se solicita el estándar completo del sector: credencial con su alcance real, certificado de seguro emitido por la aseguradora o el corredor, acreditación del mandato y datos de la sociedad, más la base común. Se pide el documento, no la afirmación. Un alcance en trámite se registra como en trámite y no se computa como concedido, y una habilitación referida a otro aeropuerto, otra comunidad o un recinto distinto del que se ofrece no cubre el que se ofrece. Lo que no se aporta, no se presume.

  3. 3. Verificación por nuestra cuenta

    KAIROS comprueba lo comprobable en la fuente que corresponda, y no da nada por bueno porque lo aporte quien tiene interés en que se dé por bueno: registros públicos y autonómicos, especificaciones de operaciones, vigencia y nominalidad de las pólizas contrastadas contra la ventana real de la operación, nota simple registral actualizada y, en off-market, si el activo está o ha estado publicado. Si falta una pieza, se dice cuál y por qué se pide, y el expediente queda en espera hasta que exista, sin caducar y sin presión.

  4. 4. Contraste operativo

    Una conversación con quien responde de la operación, no con el equipo comercial. Se revisa cómo se ejecuta de verdad: quién está de guardia y a qué teléfono se llama fuera de horario, qué ocurre cuando una aeronave, un vehículo o una plaza dejan de estar disponibles, cómo se comunica un retraso y a quién, qué parte se subcontrata y en quién. No es una entrevista de intenciones: es donde se comprueba que lo declarado en las fases anteriores se sostiene en la práctica.

  5. 5. Marco escrito

    Se firma antes de que exista cliente: acuerdo de confidencialidad, cláusula recíproca de no elusión, regla de contacto cero con el principal, términos previos del sector, contrato de encargo de tratamiento de datos conforme al artículo 28 del Reglamento General de Protección de Datos cuando proceda, y la declaración expresa de que la cotización del proveedor no incorpora retribución alguna a KAIROS. Ningún encargo se cursa antes de que este marco esté firmado por ambas partes, tampoco por urgencia.

  6. 6. Acreditación, alcance y revisión

    El resultado se comunica por escrito y con motivo, también cuando es negativo. La acreditación no es general ni permanente: se concede por sector y, cuando corresponde, por aeropuerto, por mercado o por tipo de servicio, y así queda anotada. Se revisa con las vigencias, porque pólizas, autorizaciones e inscripciones caducan, y siempre que cambie algo material: rotación silenciosa del interlocutor, subcontratación no declarada, pérdida de alcance de una autorización o una ejecución que se aparta de lo comprometido. Una acreditación revocada se comunica igual que se concedió, por escrito y con el motivo.

Qué recibe un proveedor acreditado

  • Encargos acotados, no consultas de sondeo. Cuando KAIROS pide una cotización, el encargo ya ha pasado por la conversación previa con el cliente: hay alcance definido, decisor identificado y presupuesto encuadrado. No consultamos a diez operadores para tantear precio ni pedimos disponibilidad que no vamos a usar.
  • Su cotización llega al cliente tal como usted la emite. No se retoca, no se redondea y no se le añade nada por dentro. El honorario de KAIROS va identificado y separado, en factura propia a nombre del cliente. Lo que usted cobra es lo que usted cotizó.
  • Cero comisión, cero retrocesión, cero incentivo. No hay cuota de alta, ni de permanencia, ni tarifa por figurar en esta página. Usted no financia al intermediario que le trae el encargo, de modo que no tiene que inflar el precio para absorber un margen ajeno.
  • Competir por criterio y no por comisión. Cuando el intermediario cobra del proveedor, gana quien más cede; cuando cobra del cliente, gana quien mejor ejecuta. Si le recomendamos, es por cómo opera, y eso significa también que un competidor no puede comprar nuestra recomendación por encima de usted.
  • Un interlocutor único, responsable del expediente de principio a fin. Sin centralita, sin rotación de gestores y sin tres personas pidiéndole lo mismo por tres canales distintos.
  • Términos cerrados antes del primer nombre de cliente. Precio, alcance, cancelación, sustitución, responsabilidad, confidencialidad y tratamiento de datos se firman antes. Ningún término aparece por primera vez cuando algo ya ha salido mal.
  • Un cliente aislado, que también le protege a usted. Rige la regla de cero contacto operativo con el principal entre confirmación y embarque. Usted ejecuta su parte sin gestionar expectativas que no le corresponden ni hacer de comercial de nadie.
  • Cita pública, si usted la autoriza. Los operadores que figuran en esta web están citados con autorización escrita y sus términos comerciales quedan bajo NDA. La mención se acuerda con usted, se limita a lo autorizado y se retira cuando lo pida. Si prefiere no figurar, no figura, y su acreditación vale exactamente igual.
  • Un no con motivo. Si su cotización no se elige o si la acreditación se deniega, se le dice y se le dice por qué: precio, disponibilidad, alcance o decisión del cliente. Un descarte razonado sirve para la siguiente vez; el silencio no sirve de nada.
  • Lo que no recibe, dicho con la misma claridad: ni volumen garantizado, ni exclusividad, ni pipeline. La acreditación abre la puerta a ser consultado con criterio; no promete un número de encargos, y quien le prometa eso le está vendiendo otra cosa.

Qué no hacemos con la red

  • No cobramos por acreditar ni por figurar. No hay cuota de alta, ni de permanencia, ni pago por aparecer citado, ni tarifa por recibir encargos. Si alguien le pide dinero en nombre de KAIROS para entrar en esta red, no es KAIROS.
  • No pedimos tarifa neta para revenderla. No trabajamos con precio oculto ni con margen escondido dentro de su cotización. Su precio es su precio y llega al cliente entero.
  • No prometemos volumen ni concedemos exclusividad. La acreditación habilita a ser consultado, no garantiza ningún encargo. No firmamos exclusivas de zona, ni cuotas de reparto, ni compromisos de mínimo anual con nadie, y nadie tiene turno.
  • No usamos su cotización para presionar a otro. No hacemos subastas a la baja, no reenviamos su precio a un competidor para que lo mejore y no publicamos sus condiciones. Los términos comerciales de cada contraparte quedan bajo NDA, y eso incluye los suyos frente al resto de la red.
  • No vendemos ni cedemos la red. No es un directorio, ni una base comercializable, ni un producto: no la alquilamos, no la intercambiamos y no la entregamos a un cliente para que negocie por su cuenta. Existe para ejecutar encargos.
  • No publicamos su nombre sin autorización escrita. Ni en esta página, ni en la home, ni en material comercial, ni ante un cliente como aval de solvencia. La autorización se pide antes de publicar y se puede retirar.
  • No le trasladamos datos del cliente que usted no necesite. Rige el mínimo acceso: recibe lo imprescindible para ejecutar su parte, nunca el perfil completo del principal ni el motivo de la operación. Lo que no se le da no es desconfianza: es el mismo estándar que le evita custodiar información que no le corresponde.
  • No abrimos un canal comercial con el cliente. Usted no se dirige al principal por iniciativa propia —ni antes, ni durante, ni después del encargo— más allá del contacto operativo que su parte de la ejecución exija. No es una cláusula defensiva sin más: la mitad de la discreción que compra el principal consiste exactamente en eso.
  • No trasladamos al cliente una oferta cuyo operador no esté identificado, aunque sea el mejor precio de la mesa. Si la cotización va a la vista, tiene que poder mirarse entera.
  • No abrimos excepciones por urgencia, ni la del cliente ni la de la parte vendedora, y no mantenemos acreditaciones por inercia. Una póliza vencida, una autorización caducada, una subcontratación no declarada o un interlocutor cambiado en silencio abren revisión, sin que cuenten la antigüedad ni la relación personal.
FAQ

Preguntas frecuentes sobre la acreditación

Respuestas directas para una contraparte que valora si presentar su empresa.

Encargos acotados y un interlocutor único. Cuando KAIROS pide una cotización, el encargo ya ha pasado por la conversación previa con el cliente: hay alcance, decisor y presupuesto encuadrado, y no le usamos para tantear el mercado ni para construir comparativas que nadie va a contratar. Su cotización se traslada al cliente tal como usted la emite, a la vista y sin retoques, con el honorario de KAIROS identificado y separado de ella. Los términos quedan firmados antes de que exista un nombre de cliente, y si su oferta no se elige se le dice el motivo. Dicho al revés, que es como mejor se entiende: aquí nadie puede comprar la recomendación por encima de usted. Lo que no gana conviene decirlo igual de claro: ni volumen garantizado, ni exclusividad, ni pipeline. La acreditación abre la puerta a ser consultado con criterio, no promete un número de encargos.

No publicamos un plazo, y preferimos explicar por qué antes que dar una cifra cómoda. La verificación depende de la documentación que aporte la contraparte, de la jurisdicción y del sector: comprobar una autorización de handling en un aeropuerto concreto y comprobar un mandato inmobiliario sobre un activo con varios titulares no se parecen en nada. Cualquier plazo medio que diéramos sería una invención, y este estándar existe precisamente para no hacer eso. Lo que sí es fijo es el procedimiento: el expediente avanza por fases, cada fase se cierra con un resultado por escrito y se comunica con su motivo, incluida la negativa. La respuesta en menos de veinticuatro horas que KAIROS publica es un compromiso con los clientes que plantean un encargo; no se traslada a la acreditación de una contraparte, y no lo hacemos pasar por lo que no es.

Depende de cuál, y la distinción es la misma que recorre toda esta página. Si es una credencial que impone la norma para operar, no hay acreditación posible y no es una decisión nuestra: el certificado de operador aéreo, la autorización de asistencia en tierra en el aeropuerto concreto, la autorización de arrendamiento de vehículo con conductor o la inscripción en el registro autonómico allí donde sea obligatoria no admiten sustituto. Si es una exigencia de KAIROS por encima de la norma, se puede acotar: el expediente queda en espera hasta que exista, sin caducar, o la acreditación se limita por escrito al alcance que sí queda probado, que suele ser un aeropuerto, una categoría, una comunidad o un tipo de activo. Lo que no hacemos es aceptar una credencial en trámite como si estuviera concedida, ni dar por buena una habilitación referida a otro aeropuerto, otra comunidad o un recinto distinto del que se ofrece. Y hay algo que no es una carencia: declarar que se tiene lo que no se tiene es una afirmación falsa, y cierra el expediente.

No. No hay cuota de alta, ni de permanencia, ni pago por figurar citado, ni tarifa por recibir encargos. Tampoco a la inversa: no le pedimos comisión, retrocesión, incentivo ni reparto de honorarios sobre lo que usted factura, y no le pediremos una tarifa neta para revenderla con un margen encima. Al acreditarse, usted declara por escrito que no retribuye a KAIROS de ninguna forma y que su precio no incorpora importe alguno destinado a nosotros. Cobramos del cliente y solo del cliente, con el honorario identificado, separado y facturado a su nombre. Si alguien le pide dinero en nombre de KAIROS para entrar en esta red, no es KAIROS. Y el reverso también es firme: si un proveedor ofrece pagar por la recomendación, se descarta al proveedor.

Ninguno antes de que el estándar esté cerrado y la confidencialidad firmada; pedir el nombre del cliente antes de eso cierra el expediente. A partir de ahí rige el mínimo acceso: recibe únicamente el dato que necesita para ejecutar su parte, ruta, horarios, número de pasajeros, requisitos técnicos o especificaciones del servicio, y no el perfil completo del principal ni el motivo de la operación. El nombre solo se comunica cuando la ejecución lo exige, por ejemplo para una lista de pasajeros o una acreditación nominativa, y se limita a ese uso. En aviación y en traslados se aplica además la regla de la casa: cero contacto operativo con el cliente entre confirmación y embarque, y el principal solo recibe ruta, hora de FBO y nombre del operador. La regla de contacto es absoluta y va en las dos direcciones: usted no se dirige al principal por iniciativa propia en ningún momento, ni antes, ni durante, ni después del encargo, y no incorpora sus datos a lista, registro o comunicación comercial alguna.

Acreditación

Solicite la acreditación

El estándar está publicado entero más arriba: léalo antes de escribir. Para abrir expediente necesitamos identificar la sociedad, el sector, el ámbito geográfico real en el que opera, las credenciales que puede acreditar, cómo justifica el mandato sobre lo que ofrece y quién firma por su parte. La documentación se pedirá después, y será exactamente la que figura arriba para su sector. No es un alta comercial ni una inscripción en un directorio: es el inicio de una verificación que puede terminar en negativa, y si termina en negativa se lo diremos con el motivo. No se cobra nada por solicitarla ni por obtenerla, y si no hay encaje se lo diremos antes de pedirle un solo papel.

Si prefiere escribirnos directamente:

contact.kairosprivate@gmail.com +34 633 102 833